Rotación de turnos
3 ROTACIÓN DE TURNOS
EMPRESA:
La necesaria contención de costes y la necesidad de garantizar el servicio a los clientes nos
obliga a equilibrar las cargas de trabajo con recursos de mañana o tarde en función de las
necesidades, por lo que se hace indispensable rotar turnos como base de trabajo.
Mensual o quincenal
Toda la plantilla excepto posiciones de conocimiento/riesgo especifico (guillotina)
COMITÉ :
Hace un año aproximadamente, la empresa se comprometió con un informe que sería mas
flexible con los horarios, para adecuar el trabajo de cada empleado a la vida laboral
( Conciliación laboral ) pudiendo negociar con la empresa, junto con los representantes
sindicales, el horario que mejor se adaptase segun su necesidad. ( art. 34.8 E.T )
No se puede modificar el calendario laboral unilateralmente.
La jornada solo se puede exceder en 2 horas ( 8+2 extras ) no superando la 10 en una
jornada laboral.
Ademas de que la propuesta excluye a unos trabajadores de otros por posiciónes de conocimiento
y riesgo especifico, tambien es considerada como medida discriminatoria, por no tratarse de la
totalidad de la plantilla.
Las empresas deben respetar los horarios establecidos ( pacto entre partes ) excepto en picos de
trabajo. Ademas de que si obligas a los trabajadores a realizar un aumento de su jornada en picos de
trabajo ( 2 horas maximo diarias ), debes compensar durante los 4 meses siguientes, con tiempo o
dinero, segun pacto entre las dos partes. ( En nuestro caso, dinero, segun pacto entre partes, un 20 %
mas sobre la hora ).
Segun art. 36 E.T Se atenderá a la rotación de turnos en aquellas empresas con procesos
productivos continuos durante las veinticuatro horas del día, en la organización del trabajo de los
turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador estará en el de noche
más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria.